Buenos Aires, 3 de Agosto de 2020

Nota: CPSA-GG-N-0211/20-AL

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES ("CNV")

Subgerencia de Sociedades Emisoras 25 de Mayo 175

Ciudad A. de Buenos Aires At. Gerencia de Emisoras Presente

BOLSAS Y MERCADOS ARGENTINOS S.A. ("BYMA")

Sarmiento 299

Ciudad A. de Buenos Aires

Presente

MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO ("MAE")

San Martin 344

Ciudad A. de Buenos Aires

Presente

Ref.: Síntesis - Asamblea General Extraordinaria de accionistas del 31 de julio de 2020.

De mi consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a Uds. en mi carácter de Responsable Titular de Relaciones con el Mercado de Central Puerto S.A. (la "Sociedad") a fin de presentar la síntesis de la Asamblea General Extraordinaria de accionistas celebrada el 31 de julio de 2020 (la "Asamblea").

Asistieron a la asamblea accionistas que en su conjunto representaban el 70,98% del capital social y votos. Asimismo, asistió el señor Leopoldo Lopez Obregón en representación de la Comisión Nacional de Valores, y el Sr. Alejandro Romano en representación de Bolsas y Mercados Argentinos S.A.

Se deja constancia que la Asamblea se realizó en el marco y en cumplimiento de la RG N°830/2020 de la Comisión Nacional de Valores ("CNV"), referida a las asambleas a distancia, en virtud del contexto extraordinario actual.

Las resoluciones adoptadas fueron las siguientes:

MOCIÓN DE ORDEN: Se aprobó por unanimidad de votos del capital presente computable la celebración de la Asamblea a distancia verificándose el cumplimiento de todos los requisitos requeridos por la normativa habilitante. En este sentido, se verificó la

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existencia del quorum requerido para las asambleas extraordinarias y que la decisión se adoptó por la mayoría exigible para la reforma del estatuto de la Sociedad.

  1. DESIGNACIÓN DE DOS ACCIONISTAS PARA FIRMAR EL ACTA. Se aprobó por mayoría de votos del capital presente computable que los accionistas Marcelo Suvá y Gonzalo Peres Moore, firmen el acta.
  2. CONSIDERACIÓN DE LA EXTENSIÓN DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) POR HASTA US$1.000.000.000 (O AQUEL MONTO MAYOR O MENOR QUE APRUEBE LA ASAMBLEA) O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O CREACIÓN DE UN NUEVO PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) POR HASTA US$1.000.000.000 (O AQUEL MONTO MAYOR O MENOR QUE APRUEBE LA ASAMBLEA) O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS. DELEGACIÓN DE FACULTADES EN EL DIRECTORIO. AUTORIZACIÓN AL DIRECTORIO PARA SUBDELEGAR. Se aprobó por mayoría de votos del capital presente computable:
  1. la creación de un programa global de emisión de obligaciones negociables de la Sociedad por un monto máximo de U$S 500.000.000 (Dólares quinientos Millones) (o su equivalente en otras monedas), las que podrán ser emitidas a corto, mediano o largo plazo, simples, no convertibles en acciones, en los términos de la Ley N°23.576 y sus modificaciones y las normas de la CNV, pudiendo emitirse distintas clases y/o series de obligaciones negociables, con una vigencia de cinco años contados a partir de la fecha de aprobación por parte de la CNV, o el plazo máximo que pueda ser fijado por futuras regulaciones aplicables (el "Programa");
  2. que el Directorio determine y establezca todas las condiciones del Programa y de las obligaciones negociables a ser emitidas bajo el mismo que no fueron expresamente determinadas por la Asamblea, incluyendo, sin carácter limitativo, forma, época de emisión, plazo, precio, forma de colocación y condiciones de pago, su tasa de interés, que listen o se negocien en mercados de valores autorizados por la CNV del país y/o mercados de valores del exterior y cualquier otra modalidad que a criterio del Directorio sea procedente fijar;
  3. delegar en el Directorio la realización ante la CNV de todas las gestiones necesarias para obtener la autorización para la creación del Programa, la fijación del monto del Programa y la autorización de oferta pública de las obligaciones negociables emitidas bajo el mismo;
  4. delegar en el Directorio la realización ante Bolsas y Mercados Argentinos S.A.
    ("BYMA"), Mercado Abierto Electrónico ("MAE") y cualesquier otras bolsas o mercados de la República Argentina y/o mercados de valores del exterior de todas las

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gestiones para obtener la autorización del Programa, para el eventual listado y/o negociación de las obligaciones negociables emitidas en el marco del Programa;

  1. delegar en el Directorio la aprobación y celebración de los respectivos contratos, la aprobación y suscripción de los prospectos y suplementos de precio (tanto locales como internacionales, en su caso) que sean requeridos por las autoridades regulatorias y los demás documentos de la emisión;
  2. delegar en el Directorio la contratación de calificadoras de riesgo independientes y distintas a los efectos de la calificación del Programa y/o serie a emitir bajo el mismo; y
  3. autorizar al Directorio a subdelegar en uno o más de sus integrantes o en uno o más gerentes de primera línea, o en uno o más apoderados de la sociedad, las facultades requeridas en los puntos anteriores, sin que en ningún caso dicha subdelegación pueda significar que se exima de alguna de las responsabilidades del Directorio por el ejercicio de dichas facultades subdelegadas.

3. AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRÁMITES PERTINENTES PARA CUMPLIR CON LO RESUELTO EN LA ASAMBLEA. Se aprobó por mayoría de votos del capital presente computable autorizar al Sr. Presidente y/o a quien éste designe y/o a los Sres. José Manuel Pazos, y/o Osvaldo Pollice, y/o Esteban Pérez Monti, y/o Francisco Cronshey, y/o Paola Ibarra, y/o Christian Rodríguez Montes, y/o Victoria Casabella Martinez, y/o Mariano Luchetti, y/o María Agustina Leppen, y/o María Lucila Winschel, y/o Veronica Apollonio, y/o Jose María Bazan, y/o Juan Barros Moss, y/o Teodoro Rodriguez Caceres, y/o Juan Zurano, y/o Manuel Etchevehere para que, en forma individual e indistinta, uno cualquiera de ellos, realicen todas las gestiones que resulten necesarias para la inscripción de las resoluciones adoptadas en la presente reunión ante los organismos de control, incluyendo sin limitación, la CNV, BYMA, el Mercado de Valores de Buenos Aires, la Caja de Valores, la Inspección General de Justicia ("IGJ") (conforme el artículo 37 de la Resolución General IGJ N°7/2015), y cualquier otro organismo de contralor competente, pudiendo firmar todo tipo de presentación y/o formulario, edictos, publicaciones de ley en general, declaraciones juradas, tomen y contesten vistas, impulsen los trámites y efectúen cuantos más tramites fueren menester para obtener las inscripciones y aprobaciones respectivas.

Sin otro particular, saludo a ustedes atentamente.

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Central Puerto SA published this content on 05 August 2020 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 06 August 2020 13:53:12 UTC